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Inspección tecnica de seguridad de edificaciones (ITSE)

¿Qué es y cual es la finalidad de la ITSE?

Una inspección técnica es la evaluación de las condiciones de una edificación en la que se analizan la vulnerabilidad e implementación de esta. La finalidad es la de proteger la vida de las personas y además esta inspección asegura  la prestación de los servicios al público bajo los estándares de calidad y salvaguarda la vida de las personas que habitan, concurren y laboran en el lugar.

En la inspección se realizan las siguientes actividades: 

  • Evaluación  del riesgo.
  • Evaluación de las condiciones de seguridad de la edificación.
  • Verificación de la implementación de las medidas de seguridad.
  • Análisis de la vulnerabilidad.

¿QUÉ DOCUMENTOS ME VERIFICAN AL MOMENTO DE RECEPCIONAR MI EXPEDIENTE?

  1. Al momento de recepcionar las solicitudes de ITSE se verificara cuenten con todos los requisitos señalados en el Decreto Supremo N° 058-2014-PCM o TUPA correspondiente.
  2. Verificar que los planos y otros documentos presentados por los administrados al inicio del procedimiento de acuerdo al Decreto Supremo N° 058-2014-PCM o TUPA y de ser requerido por el inspector o grupo inspector (durante el procedimiento), se encuentren firmados por el profesional Arquitecto o Ingeniero colegiado y habilitado y/o responsables competentes:
    • Plano(s) de Ubicación, Planos de Distribución de Arquitectura, y Detalle de Cálculo de Aforo por áreas y niveles (Firmado(s) por Arquitecto Colegiado y habilitado.)
    • Plano(s) de Señalización y Ruta(s) de Evacuación (Firmado(s) por Arquitecto Colegiado y habilitado.
    • Plano(s) de diagramas unifilares y tableros eléctricos (Firmado por Ingeniero Electricista o Mecánico Electricista colegiado y habilitado).
    •  Certificado vigente de medición de resistencia del pozo de tierra (Firmado por Ingeniero Electricista o Mecánico Electricista colegiado y habilitado)
    • Plan de Seguridad o de Contingencia según corresponda (Firmado por el Gerente o Administrador, y Jefe de Seguridad o quien sea la persona responsable de la Seguridad en la Empresa).
    • Protocolos de pruebas de operatividad y mantenimiento de los equipos de seguridad de acuerdo con los códigos y estándares establecidos en el RNC, RNE, CNE u otros según corresponda.

¿A QUIÉNES LES CORRESPONDE CONTAR CON SISTEMA DE PUESTA A TIERRA?

De acuerdo al Código Nacional Eléctrico (CNE V3.6.2, 3.6.9.3), es obligatorio que los inmuebles, ya sea comerciales o de vivienda, están obligados a contar con puesta a tierra.

Los conductores de circuito y sistemas son conectados a tierra con el fin, entre otros, para estabilizar la tensión a tierra durante el funcionamiento normal. Los conductores de circuitos y sistemas son conectados sólidamente a tierra para facilitar el funcionamiento del dispositivo de protección contra sobre corriente en caso de fallas a tierra.

Dependiendo de la capacidad eléctrica instalada en cada inmueble, la instalación de puesta a tierra puede ser una instalación de uso común en el caso de edificios comerciales y viviendas multifamiliares.

La medición de la puesta a tierra está a cargo de un ingeniero electricista o mecánico electricista. El documento que avala la medición se denomina Protocolo de Puesta a Tierra y tiene validez por un año.

¿EN QUÉ CASOS REQUIERO CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES POR ÁREAS COMUNES?

Cuando la edificación cuenta con áreas que son de uso común para los habitantes que alberga dicha edificación. Pueden ser las áreas comunes de los edificios de oficinas administrativas, edificios multifamiliares u otros.